consejos


consejo : directivo,académico,estudiantil.



Consejo Directivo



Funciones del Consejo Directivo:

Establecidas en el decreto 1860 Cáp. IV, Art. 23.


  • El Consejo Directivo es un organismo superior de participación de la comuidad educativa en el gobierno de la Institución, para los aspectos académicos, disciplinarios, formativos y de orientación general.
  • Tomar decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las sean competencia de otra autoridad. Tales como las reservadas a la dirección administrativa en el caso de los establecimientos privados.
  • Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
  • Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
  • Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
  • Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
  • Aprobar el plan de actualización académica del personal docente, presentado por el rector.
  • Participar en la formulación y evaluación del PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL del currículo y del plan de estudios y someterlo a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
  • Estimular y velar por el buen funcionamiento de la institución educativa.
  • Establecer estímulos y sanciones para el buen o mal desempeño académico y social de los alumnos, que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia.
  • En ningún caso puede ser contraria a la dignidad del estudiante.
  • Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
  • Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
  • Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
  • Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.
  • Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
  • Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos y complementarios, uso de libros, textos y similares.
  • Cuando se presenten alguna inquietud o anomalía, cualquier miembro puede solicitarle al rector, convocar al concejo directivo a una reunión.
Conformación del Consejo Directivo:
  1. El rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá.
  2. Dos representantes de los docentes .
  3. Dos representantes de los padres de familia.
  4. Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.
  5. Un representante de los ex alumnos.
  6. Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.




    Conformación Consejo Académico


    Estará conformado por el rector quién preside y los docentes que prestan su servicio en la institución Educativa.
    Funciones del Consejo Académico
    • Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
    • Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciéndolas modificaciones y justes, de acuerdo con el procedimiento previsto en la ley 115 de 1994.
    • Organizar el plan de estudios, la malla curricular por competencias y orientar su ejecución.
    • Participar en la evaluación institucional anual.
    • Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
    • El comité de evaluación recibir y decide los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.


    consejo estudiantil

    Conformación del Consejo Estudiantil
    El Consejo Estudiantil esta conformado por el Personero estudiantil y por un representante por cada uno de los cursos que conforman la institución Educativa.
    Personero de los Estudiantes

    El personero estudiantil será un alumno que se encuentre legalmente matriculado en la institución educativa y que se encuentre cursando entre los grados, noveno (9) y once (11), será elegido por votación popular, en la cual participarán todos los estudiantes legalmente matriculados, su periodo de gobierno será de un año lectivo y sus funciones serán:
    Funciones del Personero Estudiantil:
    Establecidas en el decreto 1860 Cáp. IV, Art. 28
    • Promover el ejercicio honesto de los derechos y el cumplimiento responsable de los deberes o compromisos por parte de los estudiantes.
    • Asumir, apoyar y difundir la Filosofía Educativa de la institución y velar para que se viva y se aplique en todas las actividades y proyectos de la misma.
    • Motivar el alumnado en el ejercicio de sus derechos en la activa y responsable participación para una convivencia pacifica.
    • Concienciar a los estudiantes para que cumplan con los compromisos adquiridos con la institución y así superar la mediocridad y crear un clima de superación constante.
    • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones de sus derechos.
    • Recibir y evaluar quejas y reclamos de cualquier miembro de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de los compromisos por parte de los alumnos.
    • Presentar ante las distintas instancias del plantel según los casos y competencias, las solicitudes que consideren necesarias para salvaguardar los derechos de los estudiantes y asegurar el cumplimiento de los compromisos.
    • Cuando lo considere necesario podrá solicitar revisión o apelar a las instancias superiores las decisiones, con el fin de dar solución equitativa a conflictos propios de su competencia.
    • Capacitarse por medio de la Secretaría de Educación o Personero Municipal, para asumir el cargo.
    • Conocer el Manual de Convivencia.
    • Ser líder estudiantil y tener espíritu de superación.
    • Gestionar y facilitar las relaciones interinstitucionales en pro del mejoramiento del proceso educativo.
    • Las propuestas elaboradas por personero electo serán apoyadas por cada curso según la elección que se haga de las mismas.
    • Gestionar proyectos dirigidos a la consecución de recursos económicos para el mantenimiento del establecimiento.
    • Presentar anualmente ante el Consejo Directivo, el plan de actualización del personal de la Institución.

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