consejo : directivo,académico,estudiantil.
Consejo Directivo |
Funciones del Consejo Directivo:
Establecidas en el decreto 1860 Cáp. IV, Art. 23.
- El Consejo Directivo es un organismo superior de participación de la comuidad educativa en el gobierno de la Institución, para los aspectos académicos, disciplinarios, formativos y de orientación general.
- Tomar decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las sean competencia de otra autoridad. Tales como las reservadas a la dirección administrativa en el caso de los establecimientos privados.
- Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
- Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
- Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
- Aprobar el plan de actualización académica del personal docente, presentado por el rector.
- Participar en la formulación y evaluación del PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL del currículo y del plan de estudios y someterlo a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
- Estimular y velar por el buen funcionamiento de la institución educativa.
- Establecer estímulos y sanciones para el buen o mal desempeño académico y social de los alumnos, que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia.
- En ningún caso puede ser contraria a la dignidad del estudiante.
- Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
- Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
- Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
- Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.
- Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
- Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos y complementarios, uso de libros, textos y similares.
- Cuando se presenten alguna inquietud o anomalía, cualquier miembro puede solicitarle al rector, convocar al concejo directivo a una reunión.
Conformación del Consejo Directivo:
- El rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá.
- Dos representantes de los docentes .
- Dos representantes de los padres de familia.
- Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.
- Un representante de los ex alumnos.
- Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.Conformación Consejo AcadémicoEstará conformado por el rector quién preside y los docentes que prestan su servicio en la institución Educativa.Funciones del Consejo Académico
- Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciéndolas modificaciones y justes, de acuerdo con el procedimiento previsto en la ley 115 de 1994.
- Organizar el plan de estudios, la malla curricular por competencias y orientar su ejecución.
- Participar en la evaluación institucional anual.
- Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
- El comité de evaluación recibir y decide los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.
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